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¿Qué exige la nueva legislación en Guatemala?
El Acuerdo Gubernativo 164-2021 establece las normas obligatorias para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes en todo el territorio nacional. Su propósito principal es frenar la contaminación ambiental mediante la cultura de las «3 Erres» (Reducir, Reutilizar y Reciclar) y la separación obligatoria desde la fuente de origen (casas, empresas y espacios públicos).
- Separación Primaria (Obligatoria): Todos los habitantes debemos clasificar la basura en al menos dos grandes grupos antes de entregarla al servicio de recolección: Orgánicos e Inorgánicos.
- Separación Secundaria (Recomendada/Fase progresiva): Clasificación avanzada por tipos de materiales limpios y secos (plástico, vidrio, papel, cartón, metal y multicapa).
- Responsabilidad Ciudadana: Los recolectores están autorizados a no recibir basura que no cumpla con las normas mínimas de separación establecidas por las municipalidades.
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de las disposiciones del reglamento y de las ordenanzas municipales derivadas del mismo conlleva sanciones administrativas y multas económicas impuestas por las autoridades locales (juzgados de asuntos municipales y policía municipal de tránsito o ambiental).
Tipo de Infracción
Descripción
Sanción / Multa Estimada
Leve
Mezclar residuos orgánicos e inorgánicos en bolsas o contenedores únicos.
Amonestación escrita / Multas vecinales o municipales básicas.
Grave
Disponer o arrojar basura clasificada o sin clasificar en la vía pública, baldíos o fuentes de agua.
Multas severas conforme al código municipal local y retención temporal.
Muy Grave
Quema a cielo abierto de desechos o transporte ilegal de residuos sólidos sin autorización.
Sanciones económicas elevadas y procesos legales ante el Ministerio Público / MARN.